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Facturación de un freelance

Concepto de Freelance en Productividad, conectado con sus herramientas y conceptos vecinos.

Actualizado el 24 de agosto de 2026

La facturación de un freelance en España sigue unas normas concretas: cada factura debe cumplir con los requisitos del Reglamento de Facturación, y el autónomo es responsable de repercutir el IVA correcto y, cuando corresponda, aplicar la retención de IRPF. Hacerlo bien desde el principio evita sanciones de la Agencia Tributaria.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento fiscal. Consulta a un asesor o gestor para tu situación concreta.

Elementos obligatorios de una factura

Una factura válida en España debe incluir al menos:

  1. Número y serie correlativos y sin saltos.
  2. Fecha de emisión.
  3. Datos del emisor: nombre o razón social, NIF y dirección fiscal.
  4. Datos del destinatario: nombre, NIF y dirección (si es empresa o autónomo).
  5. Descripción del servicio prestado o bien entregado.
  6. Base imponible (el precio sin impuestos).
  7. Tipo de IVA y cuota de IVA resultante.
  8. Retención de IRPF (si corresponde) y su importe.
  9. Total a pagar.

IVA en facturas de autónomo

La mayoría de servicios profesionales tributan al IVA general del 21 %. Algunos tienen tipos reducidos (10 % o 4 %) o están exentos (ciertos servicios médicos, educativos o financieros). El IVA que cobras a tus clientes no es ingreso tuyo: lo retendrás para ingresarlo en Hacienda cada trimestre mediante el modelo 303.

Ejemplo de factura sencilla:

ConceptoImporte
Desarrollo web (10 h × 60 €/h)600,00 €
IVA 21 %126,00 €
Retención IRPF 15 %−90,00 €
Total a pagar636,00 €

El cliente te paga 636 €, retiene los 90 € de IRPF y los ingresa a Hacienda por ti. Tú declaras y pagas los 126 € de IVA cada trimestre.

Retención de IRPF: cuándo y cuánto

La retención aplica cuando el cliente es empresa o autónomo:

  • 15 % con carácter general.
  • 7 % durante el año de inicio de actividad y los dos siguientes (si nunca has estado dado de alta anteriormente).

Si facturas a particulares, no hay retención de IRPF.

Calendario fiscal trimestral

TrimestrePlazo de presentación
1T (enero–marzo)1–20 de abril
2T (abril–junio)1–20 de julio
3T (julio–septiembre)1–20 de octubre
4T (octubre–diciembre)1–30 de enero

Los modelos principales son el 303 (IVA) y el 130 (pago fraccionado de IRPF), aunque si todas tus facturas llevan retención y superas el 70 % de ingresos con retención a empresas, puedes quedar exento del 130. Consulta más sobre el IVA trimestral modelo 303 y sobre cómo fijar tus tarifas en precio por hora freelance.

Errores comunes en facturación freelance

  • Numerar mal: las facturas deben ser correlativas y sin huecos. Un salto de número puede levantar sospechas en una inspección.
  • Olvidar el IVA intracomunitario: si facturas a empresas de la UE, la operación puede estar exenta si el cliente tiene NIF intracomunitario; pero debes declararlo en el modelo 349.
  • No conservar los justificantes: guarda todas las facturas emitidas y recibidas durante al menos 4 años (el plazo de prescripción de Hacienda).

Conceptos relacionados

Preguntas frecuentes

¿Qué debe incluir obligatoriamente una factura de autónomo?
Número y serie correlativos, fecha de emisión, datos del emisor (nombre/razón social, NIF, dirección), datos del cliente, descripción del servicio o bien, base imponible, tipo de IVA aplicado y cuota de IVA, y, si procede, retención de IRPF.
¿Cuándo hay que aplicar retención de IRPF en una factura?
Cuando el cliente es una empresa o autónomo con actividad empresarial y el servicio está sujeto a retención. El tipo general es el 15 %; durante los dos primeros años de alta como autónomo se puede aplicar el tipo reducido del 7 %.
¿Con qué periodicidad presenta un autónomo sus impuestos?
Trimestralmente: el modelo 303 (IVA) y el modelo 130 (pago fraccionado de IRPF) se presentan en enero, abril, julio y octubre. Además hay una declaración anual: el modelo 390 (resumen de IVA) y la declaración de la renta.

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