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Autónomo

Concepto de Fiscalidad del negocio en Negocios, conectado con sus herramientas y conceptos vecinos.

Actualizado el 14 de agosto de 2026

Un autónomo (o trabajador por cuenta propia) es una persona física que desarrolla una actividad económica de forma independiente, asumiendo el riesgo y la organización del negocio. En España, ejercer como autónomo implica inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social y registrarse ante Hacienda antes de comenzar la actividad.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento fiscal ni laboral. Para tu situación concreta, consulta a un asesor o gestor.

¿Cómo darse de alta como autónomo?

El proceso tiene dos trámites:

  1. Hacienda: presentar el modelo 036 o 037 (declaración censal de alta) indicando la actividad a desarrollar según el epígrafe del IAE que corresponda.
  2. Seguridad Social: solicitar el alta en el RETA mediante el Sistema RED o en cualquier administración de la Seguridad Social, preferiblemente el mismo día. A partir del alta, se empieza a devengar la cuota mensual.

¿Qué impuestos paga un autónomo?

Los autónomos tributan principalmente por dos vías:

  • IRPF: los rendimientos netos de la actividad (ingresos menos gastos deducibles) tributan por tramos progresivos, igual que un asalariado. Los pagos a cuenta se realizan cada trimestre con el modelo 130 (estimación directa) o 131 (módulos).
  • IVA: en la mayoría de actividades se repercute el IVA al cliente y se declara trimestralmente con el modelo 303. El IVA soportado en compras relacionadas con el negocio se puede deducir.

Además, cada mes se paga la cuota de autónomos al RETA, cuyo importe depende de los ingresos netos estimados.

¿Qué gastos puede deducirse un autónomo?

Solo los gastos correlacionados con la actividad y documentados con factura:

  • Material de trabajo, equipos informáticos y software.
  • Alquiler del local o, si se trabaja desde casa, la parte proporcional de los suministros afecta al negocio.
  • La propia cuota de autónomos, seguros de responsabilidad civil y mutualidades.
  • Dietas y desplazamientos profesionales dentro de los límites reglamentarios.
  • Servicios de gestoría, asesoría o cualquier otro servicio necesario para la actividad.

¿Cómo afecta la tarifa plana?

Los nuevos autónomos que se dan de alta por primera vez (o que no lo hayan estado en los últimos dos años) pueden acogerse a una cuota reducida durante el primer año —actualmente 80 € al mes— prorrogable un segundo año si los ingresos no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

¿Autónomo o asalariado?

La diferencia clave es quién asume el riesgo económico: el autónomo fija sus propios honorarios y soporta los meses sin ingresos, mientras que el asalariado tiene un salario garantizado y cotiza en el Régimen General. El artículo autónomo vs asalariado compara en detalle las diferencias en ingresos, cotizaciones y protecciones sociales. Para fijar un precio hora sostenible como autónomo, el concepto de tarifa freelance es el punto de partida.

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Preguntas frecuentes

¿Qué tiene que pagar un autónomo al mes?
Principalmente dos cosas: la cuota de autónomos a la Seguridad Social (entre unos 200 € y 590 € al mes según los ingresos reales) y los impuestos trimestrales de IVA (modelo 303) e IRPF (modelo 130 o 131).
¿Cuándo hay que darse de alta como autónomo?
Antes de comenzar cualquier actividad económica habitual, independiente y con ánimo de lucro. La Seguridad Social exige el alta en el RETA el mismo día o antes de iniciar la actividad; Hacienda requiere el modelo 036 o 037 previo al inicio.
¿Un autónomo puede deducirse gastos de su actividad?
Sí, todos los gastos directamente vinculados a la actividad y justificados con factura: material, equipos, alquiler del local, cuota de autónomos, seguros y desplazamientos profesionales, entre otros.

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