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Subrogación de hipoteca

Concepto de Hipotecas en Vivienda, conectado con sus herramientas y conceptos vecinos.

Actualizado el 2 de agosto de 2026

La subrogación de hipoteca es el proceso legal por el que se sustituye alguna de las partes del contrato hipotecario sin cancelar el préstamo. En la modalidad más habitual —la subrogación de acreedor—, el titular cambia su banco prestamista por otra entidad que ofrece mejores condiciones (tipo más bajo, paso de variable a fija o menor diferencial), manteniendo el capital pendiente y el plazo restante. La subrogación de deudor se da cuando quien compra una vivienda hipotecada asume la deuda del vendedor.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento financiero. Analiza los costes y condiciones específicos con un profesional antes de iniciar cualquier subrogación.

Subrogación de acreedor: cambiar de banco

Regulada por la Ley 5/2019 (Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario), el proceso habitual sigue estos pasos:

  1. Solicitas una oferta vinculante al banco nuevo.
  2. El banco nuevo comunica al banco original la intención de subrogación.
  3. El banco original tiene 15 días hábiles para mejorar la oferta (novación).
  4. Si no la mejora o el cliente no acepta la contrapropuesta, el banco nuevo formaliza la subrogación ante notario.

Las condiciones que puede modificar la subrogación son principalmente el tipo de interés (y su naturaleza: fijo, variable o mixto) y el plazo. El capital pendiente no puede incrementarse; para ello sería necesaria una novación ampliatoria o un nuevo préstamo.

Costes de la subrogación de acreedor

ConceptoQuién pagaCoste habitual
Tasación de la viviendaTitular (cliente)300–500 €
NotaríaBanco nuevo0 € para el cliente
Registro de la PropiedadBanco nuevo0 € para el cliente
Impuesto AJDBanco nuevo0 € para el cliente
Comisión de subrogaciónTitular (límites legales)Ver tabla abajo

Comisiones máximas legales según Ley 5/2019:

Tipo de hipotecaPrimeros 3 añosDel año 3 al 5Después del año 5
Variable0,25 %0,15 %0 %
Fija2 % (primeros 10 años)1,5 %

Muchos contratos actuales ya incorporan 0 % de comisión de subrogación, especialmente en hipotecas variables. Revisa tu escritura antes de asumir que existe coste.

¿Cuándo compensa subrogar?

La subrogación tiene sentido cuando la diferencia de tipo de interés genera un ahorro mensual suficiente para amortizar los costes de la operación en un plazo razonable:

Meses para recuperar la inversión = coste total (tasación + comisión) / ahorro mensual

Ejemplo: hipoteca de 150.000 € con capital pendiente a 20 años. Cambias del 4,0 % al 3,2 %:

  • Ahorro en cuota mensual: aproximadamente ~65 €/mes
  • Coste de la subrogación: 400 € (tasación) + 0 € (sin comisión)
  • Recuperación: 400 / 65 ≈ 6 meses

Con una recuperación de solo 6 meses y 19 años de ahorro por delante, la operación es claramente rentable. Si tardaras más de 3-4 años en recuperar los costes y planeas vender o amortizar anticipadamente antes, puede no compensar.

Subrogación de deudor: asumir la hipoteca del vendedor

Cuando compras una vivienda ya hipotecada y decides asumir el préstamo del vendedor en lugar de cancelarlo y solicitar uno nuevo, el banco debe aceptarte como nuevo deudor y verificar tu solvencia. La ventaja puede ser heredar un tipo de interés favorable pactado en un período de tipos bajos; el inconveniente es que también heredas el plazo y las condiciones del préstamo original.

Antes de decidirte, revisa en detalle el cuadro de amortización para entender la deuda que asumes: capital pendiente, intereses futuros y cuotas restantes.

Subrogación, novación y nueva hipoteca: diferencias clave

OpciónCambia de bancoPuede cambiar el capitalCancela la hipoteca
Subrogación de acreedorNoNo
Novación con el mismo bancoNoSí (en algunos casos)No
Cancelación + nueva hipoteca

La novación (modificar el contrato con el banco actual) es más rápida y barata, pero el banco puede no estar dispuesto a mejorar significativamente las condiciones. La cancelación total para firmar una hipoteca nueva con otra entidad da más flexibilidad pero implica gastos de cancelación registral (200-400 €) y, según la comunidad autónoma, puede llevar aparejado el pago de AJD.

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Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre subrogación de acreedor y de deudor?
La subrogación de acreedor supone cambiar el banco que tiene tu hipoteca, manteniendo el mismo préstamo pero con nuevas condiciones (tipo de interés, plazo). La subrogación de deudor se produce cuando compras una vivienda hipotecada y te haces cargo de la deuda pendiente del vendedor.
¿Qué gastos tiene subrogar la hipoteca a otro banco?
El cliente paga la tasación (300–500 €) y, si procede, la comisión de subrogación pactada en escritura (limitada por ley: hasta el 0,25 % los primeros 3 años en variables o el 2 % los primeros 10 años en fijas). Notaría, Registro y AJD los paga el banco nuevo.
¿Cuánto tarda una subrogación?
El proceso completo suele llevar entre 1 y 3 meses: estudio y oferta del banco nuevo, tasación, oferta vinculante y firma ante notario. El banco original tiene 15 días hábiles para mejorar la oferta del competidor.

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