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Retención de IRPF

Concepto de Nómina e IRPF en Finanzas personales, conectado con sus herramientas y conceptos vecinos.

Actualizado el 31 de julio de 2026

La retención de IRPF es el porcentaje que la empresa descuenta de tu nómina cada mes y entrega a Hacienda en tu nombre como pago anticipado del IRPF anual. No es el impuesto definitivo: en la declaración de la renta de primavera, Hacienda compara lo retenido con lo que realmente debes y ajusta la diferencia. Una retención bien calibrada hace que la declaración salga a cero o muy próxima.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento fiscal. Los porcentajes varían según la situación personal; consulta a un profesional o usa el simulador de la Agencia Tributaria.

¿Cómo calcula la empresa el porcentaje de retención?

Al inicio de cada año (o al firmar un contrato nuevo), la empresa toma los datos que le facilitas mediante el modelo 145 (comunicación de datos al pagador) y proyecta tu IRPF anual. Divide la cuota resultante entre el número de nóminas y aplica ese porcentaje a cada pago.

Los factores que determinan el porcentaje son:

  • Salario bruto anual: a mayor salario, mayor tipo.
  • Situación familiar: cónyuge sin rentas, hijos menores de 25 años a cargo, ascendientes dependientes — todos reducen la retención.
  • Tipo de contrato: indefinido, temporal o de obra condicionan el mínimo aplicable.
  • Discapacidad: reducciones específicas según el grado reconocido.
  • Segundo pagador: si cobras de dos fuentes, el segundo pagador aplica un mínimo del 15 %; si tu empresa principal no lo ajusta, la declaración puede salir a ingresar.

Retenciones orientativas según salario (2026)

Para un contribuyente soltero sin hijos, con un único pagador:

Salario bruto anualRetención aproximada
18.000 €8–10 %
24.000 €12–15 %
30.000 €14–18 %
40.000 €19–22 %
60.000 €27–31 %

Con hijos a cargo o cónyuge sin rentas, el porcentaje baja varios puntos en cada tramo.

¿Cuándo conviene actualizar el modelo 145?

La retención se recalcula al inicio del año, pero puedes actualizar tus datos en cualquier momento. Circunstancias que justifican hacerlo:

  • Nacimiento o adopción de un hijo
  • Matrimonio o separación
  • Un segundo pagador empieza a abonar ingresos superiores a 1.500 €/año
  • Cambio en la situación de discapacidad propia o de un familiar a cargo
  • Pérdida de ingresos del cónyuge que antes reducían la retención
  • Inicio o fin de una hipoteca con derecho a deducción (compras pre-2013)

Comunicar el cambio en el mismo mes en que ocurre evita desviaciones en la retención y sorpresas en la declaración.

Retención en contratos temporales y casos especiales

  • Contratos de duración inferior a un año: mínimo del 2 % si el salario anual proyectado es inferior a 22.000 €, aunque el tipo calculado sea inferior.
  • Rendimientos de actividades profesionales (facturas a empresas): retención fija del 15 % en general (7 % durante los dos primeros años de actividad).
  • Rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos): retención fija del 19 %.

Retención alta o baja: ¿cuál conviene?

Una retención alta implica devolver menos en la declaración pero cobrar menos neto cada mes; una retención baja maximiza el neto mensual pero puede requerir un pago en primavera. Ninguna opción cambia la cuota total de IRPF del año: solo adelanta o difiere el momento del pago.

Para ver el impacto exacto de la retención en tu bolsillo, la calculadora de sueldo neto desglosa qué parte del bruto se va en cotizaciones y cuánto en IRPF.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la retención de IRPF en la nómina?
Es el pago a cuenta que la empresa adelanta a Hacienda en tu nombre, descontándolo de tu nómina cada mes. Al final del año, en la declaración de la renta, se regulariza: si retuvieron de más, Hacienda devuelve; si retuvieron de menos, pagas la diferencia.
¿Cómo se calcula el porcentaje de retención?
La empresa hace una proyección de tu IRPF anual y lo divide entre doce. Tiene en cuenta el salario bruto, la situación familiar (estado civil, hijos, ascendientes), el tipo de contrato y si tienes otros pagadores. El resultado es el porcentaje que aplica a cada nómina.
¿Puedo pedir que me retengan más o menos?
Puedes solicitar una retención mayor a la calculada (útil si prevés ingresos extra no retenidos). Bajar el porcentaje por debajo del mínimo legal no está permitido; la empresa siempre aplica al menos el tipo resultante de tu situación real comunicada en el modelo 145.

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