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ITP

Concepto de Impuestos en Finanzas personales, conectado con sus herramientas y conceptos vecinos.

Actualizado el 3 de agosto de 2026

El ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) es el impuesto que paga el comprador cada vez que adquiere una vivienda de segunda mano a un particular. Es un tributo cedido a las comunidades autónomas, lo que significa que cada región fija su propio tipo y sus propias bonificaciones. Su coste suele representar entre el 6 % y el 10 % del precio de compra y es, junto con la notaría y el registro, uno de los principales gastos de la operación.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento fiscal. Los tipos y bonificaciones varían por comunidad autónoma y pueden cambiar. Consulta la normativa de tu región o a un asesor fiscal antes de liquidar el impuesto.

¿Cuándo se paga ITP y cuándo IVA?

La regla es sencilla: vivienda de segunda mano → ITP; vivienda nueva del promotor → IVA. La frontera está en quién vende:

  • Si el vendedor es un particular que ya habitó o poseyó el inmueble, el comprador paga ITP.
  • Si el vendedor es una empresa promotora que nunca entregó la vivienda como primera transmisión, el comprador paga IVA (10 %) más AJD.

Un caso intermedio son los locales comerciales y garajes vendidos por empresas: también tributan por IVA, no por ITP, aunque se vendan de segunda mano.

Tipos de ITP por comunidad autónoma

Comunidad autónomaTipo general
Madrid6 %
Andalucía7 %
Aragón8 %
Asturias8 %
Baleares8–11 % (por tramos de valor)
Canarias6,5 %
Cantabria10 %
Castilla-La Mancha9 %
Castilla y León8 %
Cataluña10 %
Extremadura8 %
Galicia10 %
La Rioja7 %
Murcia8 %
Navarra6 %
País Vasco4–8 % (por tramos de valor)
Comunitat Valenciana10 %

Los tipos reducidos para compradores jóvenes (menores de 35 años), familias numerosas o viviendas de protección oficial pueden bajar este porcentaje varios puntos. Comprueba la normativa autonómica vigente antes de calcular.

¿Sobre qué base se calcula?

Desde 2022, la base imponible es el mayor de estos dos valores:

  1. Precio de compraventa escriturado.
  2. Valor de referencia del Catastro Inmobiliario, publicado en la Sede Electrónica del Catastro.

Si el Catastro asigna 220.000 € a una vivienda que compras por 200.000 €, el ITP se calcula sobre 220.000 €. Si compras por 250.000 € una vivienda con valor de referencia de 230.000 €, la base es 250.000 € (el precio pagado).

Ejemplo de cálculo

Compra de una vivienda de segunda mano en Cataluña:

  • Precio de escritura: 180.000 €
  • Valor de referencia del Catastro: 170.000 €
  • Base imponible: 180.000 € (el mayor)
  • Tipo ITP Cataluña: 10 %
  • ITP a pagar: 18.000 €

El mismo piso comprado en Madrid (6 %): 10.800 €. Una diferencia de 7.200 € por el mismo inmueble solo por la comunidad autónoma.

Plazo y modelo de liquidación

El ITP debe liquidarse en un plazo de 30 días hábiles desde la firma de la escritura. El formulario habitual es el modelo 600 (autonómico), que se presenta ante la agencia tributaria de la comunidad autónoma correspondiente. El incumplimiento del plazo genera recargos (5–20 %) e intereses de demora.

Relación con otros gastos de la compraventa

El ITP es el mayor impuesto de una compra de segunda mano, pero no el único gasto. Sumado a la notaría (600–1.200 €) y al registro de la propiedad (400–700 €), el total de gastos ronda el 8–12 % del precio. Consulta la guía de gastos de compra de vivienda para un desglose completo y calcula el esfuerzo hipotecario antes de cerrar la operación.

Comparativas donde aparece

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Preguntas frecuentes

¿Quién paga el ITP al comprar una vivienda?
Lo paga el comprador, no el vendedor. El plazo para liquidarlo es de 30 días hábiles desde la firma de la escritura de compraventa ante notario.
¿Sobre qué importe se calcula el ITP?
Se aplica sobre el mayor de dos valores: el precio escriturado en la compraventa o el valor de referencia que fija el Catastro Inmobiliario. Si el Catastro asigna a la vivienda un valor de referencia superior al precio pagado, el ITP se calcula sobre ese valor mayor.
¿Cuánto ITP se paga en las principales comunidades?
Los tipos generales más habituales son: Madrid 6 %, Andalucía 7 %, Comunitat Valenciana 10 %, Cataluña 10 %, Galicia 10 %, Castilla y León 8 %, País Vasco entre el 4 % y el 8 % según el valor. Cada comunidad puede tener tipos reducidos para jóvenes, familias numerosas o vivienda protegida.

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